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viernes, 18 de enero de 2019

En busca de paleativos

La "demonización" de 
las grasas saturadas

        Durante años se ha repetido que las grasas eran perjudiciales. Que una dieta saludable debería ser baja en grasas, que eran las causantes de la mayoría de accidentes cardiovasculares y que eran el principal detonante de la obesidad. Seguro que aún hoy se sigue  oyendo alguna de estas afirmaciones.

       Lo cierto es que la concepción dietética de las grasas se ha modificado mucho en los últimos años y todos esos “males” atribuidos a este nutriente hoy no están nada claros. Dentro de esa demonización de las grasas, había un gran villano: las grasas saturadas, que se llevaban la peor fama y las acusaciones más duras. No, esa es una afirmación reduccionista y demasiado simplista.

¿Qué son las grasas saturadas?

Resultado de imagen de imagen de grasas saturadas en google           Veamos primero de que hablamos cuando nos referimos a “grasas saturadas”: son aquellas que, en general, a temperatura ambiente presentan una forma sólida o mantecosa y carecen de dobles enlaces en su estructura química.

          Este tipo de grasa está presente en muchos alimentos de origen animal como el huevo, las carnes y embutidos o los lácteos, y también aparece en cantidades reseñables en algunos alimentos de origen vegetal como la manteca de cacao, la palma y el coco por ejemplo. En otros vegetales están presentes, pero en menores proporciones.

          1) Kurotani K, Prevention DoEa, Nanri A, Prevention DoEa, Goto A, Research DoD, et al. Cholesterol and egg intakes and the risk of type 2 diabetes: The Japan Public Health Center-based Prospective Study. British Journal of Nutrition. 2017;112(10):1636-431) Kurotani K, Prevention DoEa, Nanri A, Prevention DoEa, Goto A, Research DoD, et al. Cholesterol and egg intakes and the risk of type 2 diabetes: 

         The Japan Public Health Center-based Prospective Study. British Journal of Nutrition. 2017;112(10):1636-431) Kurotani K, Prevention DoEa, Nanri A, Prevention DoEa, Goto A, Research DoD, et al. Cholesterol and egg intakes and the risk of type 2 diabetes: The Japan Public Health Center-based Prospective Study. British Journal of Nutrition. 2017;112(10):1636-43., en relación a su impacto en la salud. Hoy sabemos que es mucho más importante el tipo de grasa concreto, que el que sean o no saturadas.

           Por poner un ejemplo, el huevo, rico en colesterol y grasa saturada, no tiene un impacto negativo en el perfil lipídico o ni en la salud cardiovascular, ni tampoco lo tiene la grasa de los lácteos .

          Sin embargo, sabemos que grasas poliinsaturadas como las contenidas en los aceites vegetales ricos en omega 6 favorecen la inflamación  no así cuando van integrados en su matriz natural, por ejemplo en un fruto seco.

  Omega 3 y Omega 6
¿Cual es la diferencia?

Resultado de imagen de imagen de grasas saturadas en google       Parece ser que lo saludable o no de la grasa saturada se relaciona con la longitud de su cadena hidrocarbonada, así como con la forma de consumo (en su estado natural en el alimento, aislados, añadidos…) En realidad, hoy sabemos que la ingesta de grasa dietética no tiene un gran impacto en el colesterol plasmático. De hecho factores como el sedentarismo, el consumo de alcohol o la dieta rica en azúcares y cereales refinados tienen peor efecto en el perfil lipídico que la ingesta de grasas en sí.  Así pues, el consejo no sería “evitar las grasas saturadas” sin más, sino que habría que matizar qué tipo de grasas saturadas.

        Como hemos visto, a nivel de salud no hay motivo para desaconsejar el consumo de huevo o de lácteos enteros por su contenido en este tipo de grasa (otra cosa es que no los tomemos por motivos éticos o de otra índole, por supuesto), ni tampoco habría por qué desaconsejar la grasa de coco virgen por ser rica en ácidos grasos saturados, ya que tenemos evidencia de que se trata de una grasa saludable (de nuevo, hay otros motivos para desaconsejarla, como por ejemplo lo poco sostenible de su consumo en nuestra latitud).

          Además, la sustitución dietética de las grasas saturadas poco saludablescomo podría ser la de palma o la de los embutidos o carnes de animales de cría industrial (no así la de la carne de pasto, aunque de nuevo hay otros motivos para rechazar su consumo), no es cambiarla por otro nutriente como podrían ser por ejemplo carbohidratos, ni tampoco reducir su presencia en la dieta. El consejo es sustituirlas por otras grasas saludables .

Referencias

1) Kurotani K, Prevention DoEa, Nanri A, Prevention DoEa, Goto A, Research DoD, et al. Cholesterol and egg intakes and the risk of type 2 diabetes: The Japan Public Health Center-based Prospective Study. British Journal of Nutrition. 2017;112(10):1636-431) Kurotani K, Prevention DoEa, Nanri A, Prevention DoEa, Goto A, Research DoD, et al. Cholesterol and egg intakes and the risk of type 2 diabetes: The Japan Public Health Center-based Prospective Study. British Journal of Nutrition. 2017;112(10):1636-431) Kurotani K, Prevention DoEa, Nanri A, Prevention DoEa, Goto A, Research DoD, et al. Cholesterol and egg intakes and the risk of type 2 diabetes: The Japan Public Health Center-based Prospective Study. British Journal of Nutrition. 2017;112(10):1636-43.

        Alexander DD, Miller PE, Vargas AJ, Weed DL, Cohen SS. Meta-analysis of Egg Consumption and Risk of Coronary Heart Disease and Stroke. http://dxdoiorg/101080/0731572420161152928. 2016.

2) Drehmer M, Pereira MA, Schmidt MI, Alvim S, Lotufo PA, Luft VC, et al. Total and Full-Fat, but Not Low-Fat, Dairy Product Intakes are Inversely Associated with Metabolic Syndrome in Adults. 2015.

3) Huth PJ, Park KM. Influence of dairy product and milk fat consumption on cardiovascular disease risk: a review of the evidence. Adv Nutr. 2012;3(3):266-85.

4) Kratz M, Baars T, Guyenet S. The relationship between high-fat dairy consumption and obesity, cardiovascular, and metabolic disease. Eur J Nutr. 2013;52(1):1-24.

5) Simopoulos AP. An Increase in the Omega-6/Omega-3 Fatty Acid Ratio Increases the Risk for Obesity. Nutrients. 2016;8(3):128.%Mozaffarian 

D, dariush.mozaffarian@tufts.edu, Friedman School of Nutrition Science and Policy TU, Boston, MA 0211, USA. Saturated fatty acids and type 2 diabetes: more evidence to re-invent dietary guidelines. The Lancet Diabetes & Endocrinology. 2014;2(10):770-2.

6) Babu AS, Veluswamy SK, Arena R, Guazzi M, Lavie CJ. Virgin coconut oil and its potential cardioprotective effects. Postgrad Med. 2014;126(7):76-83.

7) Hooper L, Martin N, Abdelhamid A, Davey Smith G. Reduction in saturated fat intake for cardiovascular disease. 2017.

miércoles, 16 de enero de 2019

Ocho preguntas que se hacen en el Ministerio

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE 
EL PROYECTO DE UN REAL DECRETO 

POR LA QUE SE MODIFICAN DISTINTAS NORMAS
CON OBJETO DE PROTEGER LA SALUD 
DE LAS PERSONAS FRENTE A LAS PSEUDOTERAPIAS


COMENTARIO PRIMERO.- Esta consulta pública previa se deriva del “PLAN PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD FRENTE A LAS PSEUDOTERAPIAS” presentado conjuntamente por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y el Ministerio de Ciencia Innovación y Universidades.


COMENTARIO SEGUNDO.- En el mencionado Plan se explicita:

  1.  “Se considera pseudoterapia a la sustancia, producto actividad o servicio con pretendida finalidad sanitaria que no tenga soporte en el conocimiento científico ni evidencia científica que avale su eficacia y seguridad”.
  2. De hecho, todavía son muchas las personas que creen que algunos tratamientos son efectivos a pesar de no estar avalados por las evidencias científicas disponibles: un 59,8% cree en la utilidad terapéutica de la acupuntura…
  3. Cabe destacar que para el diseño de este Plan se han considerado las propuestas de actuación en relación a las pseudoterapias realizadas por la Asociación para Proteger al Enfermo de Terapias Pseudocientificas, Circulo Escéptico, Farmaciencia, Red de Prevención Sectaria y del Abuso de Debilidad y la Sociedad para el Avance del Pensamiento Crítico”.
  4. El Plan no es un documento cerrado, sino que está abierto a nuevas aportaciones de los distintos sectores como son las comunidades autónomas. También los colegios profesionales sanitarios, sociedades científicas o el movimiento asociativo”.

COMENTARIO TERCERO.- De los apartados a) y b) anteriores se deduce claramente que la Acupuntura (y la Medicina China) es considerada, de entrada, una pseudociencia, por parte de los ministerios actuantes.



Medicamento antiguo libro de la dinastía Qing foto de stock libre de derechosCOMENTARIO CUARTO.- Del apartado c) anterior se deduce claramente que para la elaboración del Plan solo se ha tenido en cuenta a una serie de organizaciones, todas ellas manifiestamente contrarias a la medicina holística y a todo lo que no sea la medicina alopática. Dichas organizaciones, cuyos miembros se arrogan el carácter de “científicos”, incumplen todas ellas el más elemental principio de todo investigador, cual es el de conocer en profundidad el “estado de la cuestión” que se investiga, como trabajo previo a plantear las hipótesis que la investigación habrá de corroborar o no.



Lo que llama la atención es que los funcionarios de ambos ministerios no hayan apreciado este extremo, hasta el punto de evidenciarlo por escrito en el redactado del citado Plan.


COMENTARIO QUINTO.- Llegados a este punto, hemos de manifestar rotundamente que la Acupuntura (y la Medicina China) NO es una pseudociencia en la definición dada por el Plan, tal como se indica en el apartado a) del comentario SEGUNDO anterior.


Ello es así, por cuanto, como demostraremos, la Acupuntura (y la Medicina China) si dispone de evidencia científica que avale su eficacia y seguridad.

COMENTARIO SEXTO.- Que acogiéndonos a la oportunidad que el propio documento del Plan nos brinda, tal como hemos indicado en el apartado d) del comentario SEGUNDO anterior, NOS OFRECEMOS DESDE ESTE MISMO MOMENTO A COLABORAR CON LA RED ESPAÑOLA DE AGENCIAS DE EVALUACIÓN DE TECNOLOGÍAS SANITARIAS Y PRESTACIONES DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD, Y CON CUANTOS ORGANISMOS SEA NECESARIO, CON EL FIN DE ANALIZAR LA ACUPUNTURA (Y LA MEDICINA CHINA) BAJO LOS PRINCIPIOS DEL CONOCIMIENTO Y LA EVIDENCIA CIENTÍFICA.



A efectos meramente enunciativos, indicar que:

    Resultado de imagen de imagenes de acupuntura
  1. Cuando se introduce como palabra clave “Acupuntura” en el buscador de PubMed, nos aparecen 29.039 artículos científicos en inglés, de los cuales 15.057 son de los últimos 10 años, 8.474 son de los últimos 5 años, 4.113 son informes RCT (randomized controlled trial) y 1.474 publicados en revistas clínicas principales.
  2. La Acupuntura (y la Medicina China) está regulada, tanto en cuanto a la oficialidad de sus estudios, como a su actividad como profesión sanitaria, no sólo en China y su área de influencia, sino también en países como Chile, la mayoría de Estados de USA, Australia, Alemania, Suiza, Portugal, etc.
  3. Existe un Comité Técnico de ISO (TC249TCM), en el que participa España, que está elaborando normas para asegurar la calidad, la seguridad y la eficacia y eficiencia de la Acupuntura (y la Medicina China): https://www.iso.org/committee/598435/x/catalogue/
  4. La Organización Mundial de la Salud, en su estrategia 2014-2023 expresa: “prestar apoyo a los Estados miembros para que aprovechen la posible contribución de la medicina tradicional y complementaria (entre las que se incluyen la acupuntura y la medicina china) a la salud, el bienestar y la atención de salud centrada en las personas...”: http://apps.who.int/medicinedocs/es/m/abstract/Js21201es/
  5. Acaba de finalizar un proyecto de investigación, que ha durado 4 años, financiado por la Unión Europea, en el que ha participado España, sobre la Acupuntura y la Medicina China, denominado CHETCH:  http://www.chetch.eu/cms/
  6. En noviembre del pasado año 2018 se celebró en la sede de la UNESCO en Paris, el octavo aniversario de la inclusión de la Acupuntura y Moxibustión de la MTC en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la UNESCO. Durante dicho evento se aprobó la “Declaración de Paris sobre la Acupuntura”: https://www.mtc.es/doc/Declaracion_de_Paris_2018.pdf

    También en el mes de noviembre de 2018, una semana más tarde, se aprobó en Roma, durante la celebración del Congreso Mundial de Medicina China, la “Declaración de Roma sobre la Medicina China”:http://www.mtc.es/doc/DeclaracioonRomaEnglish-Chinese.pdf

    Anteriormente, un mes antes, el 24 de octubre de 2018, el presidente Trump firmaba el proyecto HR6, que había obtenido los votos suficientes para su aprobación por las dos Cámaras del Congreso, por el que se incluía por primera vez oficialmente a la Acupuntura en el Sistema Federal de Seguro Médico de EE.UU.
  7. Además de Revistas científicas sobre la Acupuntura (y la Medicina China), fuera de toda duda (algunas en colaboración con Grupos de prestigio internacional como Elsevier Group), la Acupuntura y la Medicina China se practican en Hospitales de referencia, como el Memorial Sloan Kettering (uno de los de mas prestigio en oncología de USA),  el Children’s Hospital Los Angeles, o el Grupo Kaiser permanente, por citar algunos. También se enseñan dichas disciplinas en multitud de prestigiosas Universidades de los países occidentales, además de los asiáticos y existen multitud de  investigaciones en marcha en todo el mundo.
Resultado de imagen de imagenes de acupunturaCOMENTARIO SÉPTIMO.- Recordar aquí que quien inició todo este proceso y popularizó el término despectivo “pseudoterapias” fue el Grupo Parlamentario Ciudadanos, en la presentación de una Proposición No de Ley (PNL) relativa a la mejora de la protección de los pacientes afectados por la pseudociencia.


Tal como se explicita en el propio texto de dicha PNL:



“La falta de regulación generalizada en este ámbito tanto hacia los profesionales que las imparten o recomiendan, así como la falta de regulación sobre los productos y terapias que son consideradas efectivas o no, basadas en criterios científicos, ha supuesto la aparición de un limbo legal en el que existen pacientes que, desesperados por el avance de su enfermedad, abandonan tratamientos con posibilidad de curación por tratamientos naturales o pseudociencias que no están avaladas e indicadas, científicamente, para tratar sus dolencias.“



Desde siempre hemos defendido, y lo seguimos haciendo, que la falta de regulación de las Terapias Naturales permite que entren en el mismo saco los buenos profesionales y los charlatanes, perjudicando, estos últimos, a los primeros y a la ciudadanía en general. También sabemos que existe un sector de “pseudocientíficos” que son los que se explicita que han colaborado en la elaboración del Plan que nos ocupa (los llamamos así porque se autodenominan científicos y, sin embargo, no observan los más elementales protocolos de la práctica de la investigación, empezando por conocer el “estado de la cuestión”), que encuentran su minuto de gloria en la negación de la evidencia científica de todo lo que suene a Terapias Naturales, auspiciando una especie de caza de brujas, en contra de todo lo que sea diferente de la “medicina alopática oficial”, occidental, ignorando las recomendaciones de la OMS  en cuanto a las Medicinas Tradicionales y Complementarias.



Como ya hemos avanzado, la falta de regulación de las Terapias Naturales es la base del problema.

Efectivamente, en los países donde están reguladas (que cada vez son más) existe un control sobre las mismas, lo que precisamente minimiza al máximo la posibilidad de lo que se pretende evitar con esta nueva normativa que se somete a consulta pública previa.



Nos sorprendía en su momento que se impulsara una PNL y que, paralelamente, no se impulsara la regulación, que se indicaba como necesaria en el propio texto de la misma.



Estamos de acuerdo en que se persiga el fraude y la charlatanería. En lo que no estamos de acuerdo es en que, con esta excusa, se fomente la persecución de los buenos profesionales de las Terapias Naturales, acusándolos de pseudocientíficos, sin un análisis serio de la evidencia científica que las sustenta, como se ha hecho en otros países de nuestro entorno,  manteniendo sin regulación un sector que aporta beneficios indudables a la salud de los ciudadanos.


Resultado de imagen de imagenes de acupunturaCOMENTARIO OCTAVO.- Teniendo en cuenta que en España, en el caso de las terapias naturales y de la Acupuntura (y de la Medicina China) en particular, no se ha realizado la labor que sí han hecho otros países, en el proceso de regulación de la misma como actividad autónoma (por su etiología y sistema propios de diagnóstico) enmarcada en el área sanitaria de ciencias de la salud, sino que erróneamente se la cataloga como pseudociencia (sin evidencia científica que avale su eficacia y seguridad), a la vista de la información aportada en los presentes comentarios, proponemos:

  1. Que no se realice modificación alguna de las normas indicadas hasta en tanto en cuanto no se hayan realizado las Acciones correspondientes de los Objetivos 1, 2 y 3 de la Línea 1, de las indicadas en el “PLAN PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD FRENTE A LAS PSEUDOTERAPIAS”.

    A la vista de la información aportada en el comentario SEXTO de este escrito, consideramos que queda acreditado que, en cuanto a la Acupuntura (y la Medicina China), existe indicios suficientes para pensar que el resultado de su evaluación revelará que, como defendemos, no se trata de una pseudociencia.

    Catalogarla como tal y legislar a priori, demostrándose con posterioridad que sí se dispone de evidencia científica, comportaría un daño irreparable para los profesionales que la ejercen actualmente y para la ciudadanía en general.
  2. Que a la hora de realizar las Acciones correspondientes de los Objetivos 1, 2 y 3 de la Línea 1, de las indicadas en el “PLAN PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD FRENTE A LAS PSEUDOTERAPIAS”, se cuente con la colaboración de instituciones expertas en la materia, así como con los organismos internacionales (OMS, ISO, WFAS, WFCMS, PEFOTS, ETCMA, ICMART, etc.) y de los organismos correspondientes de los países en los que se ha regulado con anterioridad.
  3. Que mientras se está en el proceso de realización de las Acciones correspondientes de los Objetivos 1, 2 y 3 de la Línea 1, de las indicadas en el “PLAN PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD FRENTE A LAS PSEUDOTERAPIAS”, se deje de perseguir, por parte de la Inspección de Sanidad de las Comunidades Autónomas, a los profesionales de la Acupuntura y la Medicina China, para facilitar el proceso de colaboración.
  4. Consideramos que, al igual que han hecho otros países de nuestro entorno y están en proceso otros, la solución correcta y alternativa a lo que se plantea es la regulación de las terapias naturales en general y de la Acupuntura (y Medicina China) en particular.
Fuente: Fundación Europea de Medicina Tradicional China.